SECRETARIO
:
EXPEDIENTE
:
CUADERNO
: PRINCIPAL
ESCRITO
: 01-2015
SUMILLA
: DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
SEÑOR JUEZ
ESPECIALIZADO EN LO CIVIL
PERICO LOS
PALOTES, con DNI 666666666, con domicilio real en calle Las Magnolias Nro. 666,
señalando domicilio procesal en (…); a Ud., respetuosamente, digo:
I.-
COMPETENCIA
La conclusión
arribada respecto del Tema 1 sobre “Competencia de los jueces de paz letrado en
materia civil y/o comercial” en el documento “Conclusiones del Pleno
Jurisdiccional Distrital de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior
de Justicia de Lima”, establece lo siguiente: “Los procesos de prescripción
adquisitiva de dominio (…) no pueden ser conocidos por los Jueces de Paz
Letrado, ya que de conformidad con el artículo 5 del Código Procesal Civil,
dichas materias deben ser conocidas por los Jueces Especializados.” Razón por
la cual la presente demanda se interpone ante un Juez especializado civil.
II.- DEMANDADO
Y DIRECCIÓN
Como parte
material del presente proceso, la AUTORIDAD AUTONOMA DE MAJES (AUTODEMA),
debidamente representado por su Gerente General (…), a quien se le deberá
de notificar en Av. La Marina E-8, distrito de Cayma, Arequipa.
III.-
EMPLAZADOS Y DIRECCIÓN PARA NOTIFICACIÓN
Como emplazados,
indicamos a los ocupantes de los bienes inmuebles colindantes[1] a las siguientes personas:
a.- (…), con
lugar de notificación en (…)
b.- (…), con
lugar de notificación en (…)
IV.- PETITORIO
Como pretensión
principal, solicito se me declare propietaria del bien inmueble ubicado en la
calle Rímac, manzana X-1, Lote 5, Pedregal, distrito de Majes, provincia de
Caylloma, Departamento de Arequipa, P06113931, Registros públicos por haber
operado la prescripción adquisitiva de dominio.
Como pretensión
accesoria, solicito se disponga la inscripción de la propiedad en los Registros
Públicos de Arequipa y la cancelación del asiento registral respecto del
anterior propietario (AUTODEMA). [2]
1.- Tiempo de posesión del demandante :
23 años con tres (3) meses.
2.- Fecha de
adquisición
: 03-03-1990
3.- Forma de
adquisición
: Minuta de Contrato de compraventa.
4.- Persona que tiene inscritos derechos sobre el bien: AUTODEMA
VI.-
FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- La AUTORIDAD
AUTÓNOMA DE MAJES (AUTODEMA) tiene inscritos en Registros Públicos derechos de
propiedad sobre la HABILITACIÓN URBANA CENTRO POBLADO DE SERVICIOS BÁSICOS EL
PEDREGAL MZ. X-1, LOTE 5, Partida Registral PO6113931
2.- Es del caso
que el tres (3) de marzo de 1990, por Minuta de Compra venta de terreno urbano,
el Sr. GABINO AGRAMONTE MIRANDA transfiere en venta real y enajenación
perpetua, a favor de la demandante el bien inmueble de un terreno urbano de su
propiedad sito en la irrigación de Majes sector del Pedregal ubicado en la
Manzana XI, Lote 05, este terreno fue adjudicado a este vendedor por AUTODEMA,
siendo que en registros públicos sigue figurando como propietario AUTODEMA.
3.- En
dicho contrato de compraventa, quinta cláusula, se indica que “el vendedor
continuará las gestiones de su registro legal u otra causa”, esto no pudo ser
debido al fallecimiento del vendedor Sr. GABINO AGRAMONTE MIRANDA.
4.- Asimismo, la
demandante ha venido ostentando la posesión desde el 03 de marzo de 1990,
habiendo realizado a la fecha construcciones sobre el bien inmueble adquirido,
por lo que desde marzo de 1990 hasta la actualidad han transcurrido más de diez
años de posesión.
VII.-
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Como fundamento
de derecho indico el artículo 950 del Código Civil que indica“La propiedad
inmueble se adquiere por prescripción mediante la posesión continua, pacífica y
pública como propietario durante diez años.”
En el presente
caso mi posesión ha sido:
a.- Continua, por
más de 23 años ininterrumpidos
b.- Pacífica, no
existe ninguna acción antijurídica.
c.- Pública, los
testigos que se ofrecen dan fe de esta situación.
VIII.- VIA
PROCEDIMENTAL
Conforme al art.
504 del TUO del CPC se establece que “Se tramita como procesoabreviado la
demanda que formula: (…) 2.- El poseedor par que se le declare propietario por
prescripción.” Dentro de este contexto, a la presente demanda le
corresponde la vía del proceso abreviado.
IX.- MONTO DEL
PETITORIO
No es
cuantificable en dinero debido a la naturaleza de la pretensión.
X.- MEDIOS
PROBATORIOS.
1.- Planos de
ubicación y perímetros con descripción de edificaciones debidamente suscritos
por el profesional competente y visados por la autoridad municipal, con lo que
acreditaremos la existencia del bien inmueble en la actualidad.
2.- Constancia de
posesión emitida por el Juez de Paz que acredita la posesión constante del
bien.
3.- Copia literal
de los asientos respectivos de los últimos diez años por tratarse de bien
inmueble urbano, para acreditar quien es el actual propietario del bien según
Registros Públicos.
C.- Medios de
prueba testimoniales (no menos de tres ni más de seis personas y mayores de 25
años)[6]
4.- La
Declaración en la calidad de testigo de (…), edad (…), ocupación (…), dirección
para citación en (…), para acreditar la posesión continua, pacífica y pública,
conforme al pliego cerrado que se adjunta.
5.- La
Declaración en la calidad de testigo de (…), edad (…), ocupación (…), dirección
para citación en (…), para acreditar la posesión continua, pacífica y pública,
conforme al pliego cerrado que se adjunta.
6.- La
Declaración en la calidad de testigo de (…), edad (…), ocupación (…), dirección
para citación en (…), para acreditar la posesión continua, pacífica y pública,
conforme al pliego cerrado que se adjunta.
D.- Medios de
prueba adicionales.
7.- La Inspección
judicial de la bien inmueble materia de prescripción, para acreditar a través
de los sentidos del ejercicio de propiedad.
8.- Fotografías
actuales del bien inmueble que acreditan el estado actual de la propiedad.
9.- Copia
certificada de Documento de Compra venta de terreno urbano de 03 de marzo de
1990, con lo que acreditamos la causa que motivó la posesión del bien inmueble
por más de 23 años.
10.- Copia
certificada de Recibos de Agua y Luz por el periodo de posesión.
11.- Copia certificada
de documentos de pago de IMPUESTO AL VALOR DEL PATRIMONIO PREDIAL.
XI.- ANEXOS
1-A Copia de mi
Documento Nacional de Identidad.
1-B Planos
de ubicación y perímetros debidamente suscritos por el profesional competente y
visados por la autoridad municipal con descripción de edificaciones, con lo que
acreditaremos la existencia del bien inmueble en la actualidad.
1-C Constancia de
posesión emitida por el Juez de Paz.
1-D Copia literal
de los asientos respectivos de los últimos diez años por tratarse de bien
inmueble urbano
1-E Pliegos
cerrados para las preguntas a los testigos
1-F Fotografías
actuales del bien inmueble.
1-G Copia
certificada de Documento de Compra venta de terreno urbano de 03 de marzo de
1990
1-H Copia
certificada de Recibos de Agua y Luz por el periodo de posesión.
1-I Copia
certificada de documentos de pago de IMPUESTO AL VALOR DEL PATRIMONIO PREDIAL
(AUTOVALUO).
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido
admitir a trámite la presente demanda.
PRIMER OTROSI.-
Conforme a lo dispuesto en el artículo 506 del TUO del CPC, solicito que
admitida la demanda, se disponga que el extracto del auto admisorio se publique
por tres veces, en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del Código
Procesal Civil.
Lima,
30 de febrero del 2016
[1] Estos
emplazados, lo hacemos en mérito a lo indicado en la parte final del inciso 1
del artículo 505 y artículo 506 del TUO del Código Procesal Civil, que respecto
de la prescripción adquisitiva de dominio, hacen referencia a la notificación a
los “propietarios u ocupantes de los bienes colindantes”, para lo cual se pide
nombre y lugar.
[2] Este
petitorio se ha realizado tomando en cuenta lo dispuesto en el artículo 952 del
Código Civil que establece “Quien adquiere un bien por prescripción puede
entablar juicio para que se le declare propietario. La sentencia que accede a
la petición es título para la inscripción de la propiedad en el registro
respectivo y para cancelar el asiento a favor del antiguo dueño.”
[3] Estos datos
generales son los previstos en el inciso 1 del artículo 505 del CPC, sin tener
en cuenta a los colindantes que ya se indicaron en el apartado emplazados
[4] Estos medios de prueba constituyen
requisitos especiales de la demanda de prescripción conforme al artículo 505,
inciso 2, del TUO del Código Procesal Civil.
[5]Estos medios de prueba constituyen requisitos
especiales de la demanda de prescripción conforme al artículo 505, inciso 3,
del TUO del Código Procesal Civil.
[6] Estos medios de prueba constituyen
requisitos especiales de la demanda de prescripción conforme al artículo 505,
inciso 4, del TUO del Código Procesal Civil.